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TEMA: Unidades exteriores en cubierta

Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183874

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Buenos días compañeros,
Recurro a vosotros para ver si me podéis echar una mano con un tema, que ni la EICI ni el ayto. me saben resolver (el ayto. está para sanionar pero no para asesorar, por lo que parece).

Tenemos que instalar 11 unidades exteriores en una cubierta de 17,0 x 10,0 m. aproximadamente. Este edificio está situado entre dos edificios de varias plantas. Queremos saber si en este caso tenemos que cumplir con la normativa de medioambiente que obliga a separar las máquinas que impulsen más de 1 m3 / seg. Os adjunto un croquis para que os hagáis una idea de la situación.

Os agradecería, en caso de tener que cumplir con alguna normativa, que me mencionárais de cuál se trata.

Muchas gracias de antemano!
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183875

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De qué normativa y de que ayuntamiento hablas?
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183876

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Hola Moncayo,
Te hablo de Madrid, de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano. En su artículo 32 dice:
La evacuación forzada del aire caliente o enrarecido producto del acondicionamiento de locales o viviendas se realizará de forma que, cuando el volumen de aire evacuado sea inferior a 0,2 metros cúbicos por segundo, la distancia medida entre el punto más próximo de la unidad externa, rejilla de expulsión o condensador de un equipo de climatización, con flujo perpendicular al plano de fachada será, como mínimo de 1,8 m, hasta el punto más próximo de cualquier hueco de ventana situada al mismo o superior nivel en plano vertical, sea o no este plano el del mismo paramento, excepto que esos paramentos sean fachadas distintas (pertenezcan o no al mismo edificio) y formen un ángulo convexo mayor de 180º. También se considerará exceptuado el caso en que las ventanas se encuentren en fachadas paralelas a la rejilla o punto de extracción y el flujo del aire vaya en sentido opuesto a aquellas.
En el caso de que un caudal de aire inferior a 0,2 m3/seg. Se evacue a la vía pública procedente de un sistema de acondicionamiento o ventilación forzada, el punto de evacuación se hallará como mínimo a 2 m. por encima de la superficie de la vía pública. Todo ello sin perjuicio de la aplicación del artículo 53 en el caso de actividades que originen olores.

En el supuesto de que entre el punto de evacuación del aire viciado y la ventana más próxima se interponga un obstáculo de al menos 2 metros de longitud, y, de 80 cm. de vuelo, las mediciones se realizarán mediante la suma de los segmentos que formen el recorrido más corto de los posibles entre punto evacuación -borde del obstáculo/ventana afectada.

Si este volumen está comprendido entre 0,2 y 1 metro cúbico por segundo, la distancia medida entre el punto más próximo de la unidad externa, rejilla de expulsión o condensador de un equipo de climatización, con flujo perpendicular al plano de fachada será, como mínimo de 2,5 metros hasta el punto más próximo de cualquier ventana situada en su mismo paramento a nivel superior, y, 2 metros si se halla al mismo nivel. Asimismo, la susodicha distancia será de 3,5 metros con respecto a cualquier ventana situada en distinto paramento, excepto cuando se trate de fachadas distintas (pertenezcan o no al mismo edificio) que formen un ángulo de más de 180º. También se considerará exceptuado el caso en que las ventanas se encuentren en fachadas paralelas a la rejilla o punto de extracción y el flujo del aire vaya en sentido opuesto a aquellas. Si la salida se hallase situada en fachadas exteriores, la altura mínima sobre la acera será de 2,5 metros y estará provista de una rejilla de 45º de inclinación que oriente el aire hacia arriba.

No encuentro nada en esta normativa relativo a cubiertas y menos aún a edificios colindantes. Me consta que esta normativa se aplica también en otras comunidades y provincias.

De nuevo muchas gracias.
Última Edición: hace 6 años 1 semana por dewitt.
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183877

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A la vista de esa normativa, y si se quiere cumplir, lo más peliagudo es el articulo 32.4.- Para volúmenes de aire superiores a 1 m3/seg., la evacuación se hará siempre a través de chimeneas exclusivas cuya altura supere al menos en 1 metro la del edificio propio y la de los existentes, sean o no colindantes en un radio de 15 metros.

Y ojo pues al artículo 35: Cuando las diferentes salidas al exterior, procedentes de la ventilación o climatización de un local o actividad disten entre sí más de 5 metros, se considerarán independientes.

En el croquis no se ven medidas y a lo mejor viendo las medidas en planta y los caudales de aire de las exteriores (aproximados, y a la baja eh) puede ser posible ubicarlas de acuerdo la norma o no.

Las anormales normas digamos qué..... hablamos de Madrid: www.sttmadrid.es/images/pdf/MA/Ordenanza...nte_UrbanoOGPMAU.pdf
Última Edición: hace 6 años 1 semana por Moncayo.
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183878

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Gracias Moncayo por tu respuesta.

La cubierta es rectangular, de 10.0 x 17.0 m. aproximadamente. Las distintas unidades exteriores mueven 0.51 , 0.86 y 0.93 m3/s. La normativa también dice:

Cuando las diferentes salidas al exterior, procedentes de la ventilación o climatización de un local o actividad disten entre sí más de 5 metros, se considerarán independientes. También será así cuando se hallen en distintos paramentos verticales, que formen un ángulo convexo superior a 180º.

El problema es que no podemos juntar dos máquinas impulsando en la misma dirección y sentido, porque todas dan por encima de 1 m3/s en conjunto. Tampoco podemos hacer una chimenea de 20 metros, sería absurdo...

No se si agarrarme a lo del ángulo convexo superior a 180º. Quizás podría juntar máquinas de 4 en4, poniéndolas de tal forma que la impulsión la realicen separadas 180º.
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183880

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dewitt escribió:
No se si agarrarme a lo del ángulo convexo superior a 180º. Quizás podría juntar máquinas de 4 en4, poniéndolas de tal forma que la impulsión la realicen separadas 180º.

Incluso cabe la posibilidad de, a algunas de las unidad exteriores, ponerles una curva de chapa (angulo a considerar), y de quita y pon, para el asunto. Otra cosa es que ahí, el funcionario correspondiente, se quede, con la cosa, a gusto.

Lo raro es que los de la EICI, que tienen sus enchufes y sus cosas, no conozcan ya el percal y por donde hay que tirar , digamos, el aire.
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183884

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Yo les entiendo, no es competencia suya, si no del ayto. y además cobran muy poco por legalizar instalaciones <70 kW (creo que 50€). A mi me da hasta vergüenza llamarles, pero es que llamas al ayto. y da igual la hora que sea, no los coges.
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183887

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Te adjunto dewitt un croquis de planta de los edificios para que nos informes de las medidas correspondientes que creo son las que afectan al problema y que hay que cumplir de acuerdo al articulo 32.4 de esas ordenanzas. Supongo también que en la fachada 4 del edificio B no hay ventanas que del a la cubierta del A y si que las puede haber en la 2 del C.

Ojo también al articulo 54 de otra ordenanza, en este caso de la Comunidad de Madrid, sobre contaminación térmica: www.madrid.org/bdccm/normativa/PDF/Ruido...tadas/MAOr310504.pdf
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183888

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hol..... no te preocupes por el aire , lo peor del caso seria el ruido,sal....
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183891

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Lo cierto es que la situación es incluso peor. Ambos edificios tienen ventanas, y el B incluso la tiene directamente a esa cubierta (vamos, que podrias saltar por la ventana a la cubierta del edificio en cuestión).

Te adjunto una captura de google maps de la situación.

En cuanto a la normativa de contaminación térmica no creo que haya forma de cumplirla, ni antes ni ahora. No entiendo como los vecinos no se han quejado del ruido con las máquinas que tenían antes. Mala solución tiene esto, pero hay que hacerlo si o si.
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183894

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Mal asunto si hay que legalizar la instalación y para ello hace falta la licencia del Ayuntamiento con la consiguiente duda de si pasara la prueba o no y siendo que además es posible que ya existiese alguna denuncia o queja de los vecinos con las maquinas anteriores. Veo además por los caudales de aire que las unidades exteriores son de poca potencia y por lo tanto las distancias frigoríficas también estas limitadas.

¿No es posible convertir las 11 unidades exteriores a 1 o 2 de VRV y de descarga de aire vertical?

De cualquier manera, y aunque económicamente también es una barbaridad una chimenea no es solución en ningún caso, si se pueden respetar las longitudes de lineas frigoríficas la situación de las exteriores debería ser agrupadas en el centro y al fondo de la cubierta, enfrentadas las descarga unas a otras y a la distancia mínima que marca el fabricante y así creo que ninguno de los vecinos tendría contaminación térmica o acústica.
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Unidades exteriores en cubierta hace 6 años 1 semana #183896

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hol yo creo que eso tendra si o si,, problemas con los vecinos, por la noche esta prohibido su funcionamiento,si fuera asi la cosa cambia, solo por el ruido,sancion
si no funcionan por la noche no problema, sal....
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